lunes, 16 de febrero de 2009

1.1. Consideraciones Generales.


Se denomina Tratado de Comercio o Tratado Comercial al tratado sometido al derecho internacional y suscrito entre dos o más países soberanos en virtud del cual se establece el modelo de relaciones en los intercambios comerciales entre los firmantes. Los objetivos pueden ser variados y suelen establecerse claúsulas que regulan los siguientes aspectos:
  • Derechos de aduana y, en general, impuestos a pagar o exentos, en forma recíproca, por los productos de exportación/importación entre los países firmantes.
  • Control de fronteras.
  • Bienes sujetos a preferencias en los intercambios.
  • Moneda base de referencia en los intercambios.
  • Jurisdicción común y/o aceptada por las partes para la resolución de conflictos en los distintos supuestos de derecho mercantil relacionados con el tratado.
  • Relaciones comerciales con terceros países u organismos internacionales no firmantes.

En general, los tratados comerciales tienden a facilitar la libre circulación de bienes y servicios entre las partes. En ocasiones establecen sistemas de protección frente a terceros.

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